Conoce todo sobre el IVA en las propiedades

La Reforma Tributaria cambió muchas reglas en el mercado habitacional. Ahora existen modificaciones con respecto a la compra o venta de propiedades y la más relevante es la instauración del IVA a las viviendas nuevas y otros casos particulares. A continuación, te entregamos todos los detalles.

En estricto rigor, el pago del IVA a las viviendas aplica para todos los «vendedores habituales» de inmuebles usados o nuevos. ¿A quiénes se alude? Tal como lo explica el Gobierno, se refiere «a aquellos que hayan comprado una vivienda con el ánimo de revenderla y, en general, a aquellas personas o empresas que se dedican a la compra y venta de bienes inmuebles como las empresas inmobiliarias o constructoras».

¿En qué casos no se paga IVA?

1. Cuando el vendedor de la propiedad no se dedica a la compraventa de inmuebles

Las inmobiliarias, constructoras y personas naturales que adquieren propiedades con el propósito de revenderlas se consideran vendedores habituales, y todas sus transacciones deben pagar IVA por las viviendas. Por otra parte, quienes venden su primera casa propia para comprar una más grande, están exentos.

Algo importante que hay que tomar en cuenta: una persona puede ser considerada vendedor habitual si vende una propiedad que compró o construyó hace menos de un año, y en este caso es posible justificar la razón de la venta para demostrar que es una situación especial y evitar pagar IVA por las viviendas.

2. Si se firmó una promesa de compraventa antes del 1 de enero de 2016

La promesa debe haber sido celebrada por escritura pública o instrumento privado protocolizado ante notario, indicar específicamente al futuro vendedor y al comprador, el precio pactado y el objeto del contrato, que es la propiedad en venta.

Además, existe la posibilidad de vender o ceder la promesa y evitar el pago del IVA de propiedades de igual forma.

3. Cuando la propiedad es financiada con un subsidio del Ministerio de Vivienda

Independientemente de si es realizada forma directa, mediante un crédito hipotecario o bajo una operación de leasing, basta con que una parte sea financiada con este subsidio para no pagar IVA.

4. Cuando el permiso de edificación de la propiedad es anterior al 1 de enero de 2016 y la construcción se ha terminado durante el mismo año

Las propiedades nuevas que cumplan con estos requisitos no pagan IVA por su venta, sin importar si se concretan 2016, 2017 o años posteriores.

5. Al comprar una propiedad usada

Siempre y cuando el vendedor no se dedique a la compraventa de inmuebles.

6. Cuando se vende un terreno

Es importante aclarar que ningún terreno paga IVA, ya que este concepto se aplica solamente al inmueble.

7. Cuando se realiza un contrato de leasing anterior al 1 de enero de 2016

El leasing habitacional es un sistema financiero en que se celebra un contrato de arriendo por un plazo de tiempo determinado, para comprar la propiedad cuando termine dicho acuerdo.

Los contratos celebrados antes del 1 de enero de 2016 no pagan IVA en ninguna de las cuotas del arriendo, sin importar cuando terminen, ya sea 2017, 2018 o años posteriores.

8. Al deducir el valor terreno de la base imponible del IVA

Existen dos opciones: deducir el costo del terreno, debidamente reajustado y sin superar el doble del valor de su avalúo fiscal, salvo se haya adquirido hace menos de tres años con respecto a la fecha de la venta; y deducir el valor de avalúo fiscal a la fecha de la operación.

Sin embargo, como esta cifra podría ser muy baja, la ley autoriza al vendedor para solicitar al SII un nuevo avalúo fiscal para estos efectos.

La adquisición de una propiedad es un gran paso, por eso debes informarte de todos los beneficios y desventajas que tenga cada vivienda que estés considerando y tratar de aprovechar al máximo el ahorro en el pago del IVA de propiedades.